Este viernes 30 de mayo se inició el periodo de propaganda con motivo de las elecciones primarias presidenciales a realizarse el próximo 29 de junio, fiscalizado por el Servicio Electoral de Chile.
Normativa que regula el periodo de campañas
La ley 20.640 establece un periodo único de propaganda electoral para elecciones primarias, permitiéndola en medios de prensa, radioemisoras, redes sociales, plataformas digitales, espacios privados y públicos autorizados.
Las dimensiones de la propaganda en espacios públicos no pueden superar 2m², solo en áreas autorizadas por el Servicio Electoral, respetando el límite de elementos de propaganda electoral (MEP).
En espacios privados se permiten carteles o afiches de hasta 6m² con autorización del propietario vía formulario N°104 en el Sistema de Rendición Online (SRO).
- La propaganda en medios de prensa, radio, plataformas digitales y redes sociales debe realizarse solo en aquellos que hayan enviado sus tarifas al Servicio Electoral.
- Es necesario consultar el Sistema de Informes Tarifarios para identificar los medios que han enviado sus tarifas.
Se permite la propaganda en la vía pública a través de activistas con banderas, lienzos u otros elementos, debiendo las candidaturas llevar un registro actualizado de brigadistas mediante el Formulario N°101 del SRO.