El pago de las contribuciones es fundamental para el desarrollo de las comunas, destinado a mejoras como pavimentación y obras públicas.
¿Quiénes deben pagar las contribuciones?
El Impuesto Territorial debe ser abonado por el propietario u ocupante de bienes raíces, incluyendo usufructuarios, arrendatarios y mero tenedores.
¿Quiénes están exentos del pago?
Para el año 2025, estarán exentos los ciudadanos con propiedades de hasta $56.846.995. También, algunas propiedades públicas y bienes raíces municipales están exentos.
Los adultos mayores en situación económica vulnerable pueden acceder a rebajas en las últimas cuotas de contribuciones, sujetos a ciertas condiciones.
Consulta en el SII
Para conocer si debe pagar, el usuario puede ingresar al sitio web del SII con su RUT y Clave Única. Allí podrá consultar sus bienes raíces y su avalúo fiscal.
¿En qué meses se pagan las contribuciones?
Las contribuciones se pagan en cuatro cuotas mensuales, con fechas límites el 30 de abril, 30 de junio, 30 de septiembre y 30 de noviembre. El monto varía según la actualización semestral del avalúo fiscal.