El exministro de Justicia, Hernán Larraín, se pronunció sobre la controversia generada por la rebaja de pena a 56 personas condenadas por delitos sexuales contra menores, argumentando que la Corte Suprema ha cambiado su postura respecto a la aplicación de la ley. Esta situación ha suscitado un intenso debate en torno a la interpretación de la normativa vigente.

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Larraín, quien fue responsable de la presentación del proyecto que excluía a condenados por violación y abuso sexual de los beneficios de rebaja de condena, expuso que el Gobierno defiende su decisión basándose en la «doctrina» de la Corte, que permite a quienes solicitaron la rebaja antes de 2022 beneficiarse de ella. Sin embargo, el exministro sostiene que el tribunal ha modificado su criterio en la aplicación de esta norma.

Contexto de la iniciativa legislativa

El exministro recordó que la iniciativa legislativa surgió tras una orden de la Corte Suprema en 2018, que obligó a otorgar el beneficio a un condenado por violación a un menor de 14 años. Larraín enfatizó que esta doctrina, respaldada por la jurisprudencia, obligó a su administración a dictar los decretos correspondientes, dejando claro que no se trataba de una decisión discrecional, sino de un mandato judicial.

Debate legislativo y aplicación de la norma

Durante la tramitación del proyecto, presentado en noviembre de 2019, surgió la discusión sobre si la exclusión del beneficio aplicaba solo a condenas futuras o también a las ya dictadas. Larraín afirmó que el debate legislativo dejó claro que, dado que se trataba de un beneficio carcelario y no de una norma penal, no era aplicable el principio de irretroactividad.

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  • La ley establece que no hay derecho adquirido respecto al beneficio de rebaja de condena.
  • El derecho a postular se basa en el cumplimiento de la ley vigente al momento de la solicitud.

Sin embargo, el exministro indicó que la jurisprudencia de la Corte Suprema ha tenido criterios distintos en su aplicación. Inicialmente, el tribunal concedió el beneficio a condenados antes de la vigencia de la ley, pero en fallos recientes ha cambiado su posición, reconociendo que la rebaja de condena no está comprendida en el principio de irretroactividad penal.

Larraín concluyó que esta modificación de criterio refleja la historia fidedigna de la ley que promovió, con el objetivo de proteger la indemnidad de la niñez.